El proyecto dio en sintonía con la Ley Nacional 26.061, a la cual la Cámara provincial adhirió en 2010 pero perdió estado parlamentario, por lo tanto, se volvió a trabajar el proyecto en la Comisión de Familia.
Tucumán se encuentra dentro de las cuatro provincias que no tienen la figura de un Defensor o Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes, es por eso que la Justicia provincial, a través del juez Federico Moeykens, solicitan la implementación de este espacio que tiene por objeto garantizar el ejercicio pleno y efectivo de aquellos derechos reconocidos provincial, nacional e internacionalmente de los más chicos.
En diálogo con Diego Tomas para el programa radial “Alguien nos Perdonará” emitido por Radio Prensa la senadora sostuvo que “venimos trabajando con las distintas comisiones y los profesionales correspondientes. Hoy, desde mi rol como Senadora Nacional vuelvo a insistir en la necesidad de que la Legislatura asuma este debate.”
Esta iniciativa tiene el desafío de poner en marcha una institución absolutamente nueva sin desconocer la institucionalidad existente, evitando solapamientos y superposiciones estériles, para avanzar en una articulación virtuosa que permita cumplir con el objetivo primordial; garantizar el derecho convencional de niñas, niños y adolescentes. Con un trabajo coordinado, Mendoza menciono: “estamos todos de acuerdo con la creación, pero al ser una repartición nueva necesita presupuesto y por eso aún falta dialogar con la parte ejecutiva quienes serán los encargados de la parte presupuestaria. Por eso aún no llegamos a un dictamen del proyecto.”
El proyecto, busca avanzar en la ampliación de derechos de las infancias y adolescencias ya que la figura del Defensor o Defensora de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes propuesta para Tucumán, deberá contar con idoneidad, dedicación exclusiva y criterio de independencia, lo que contribuirá a la implementación de un mecanismo de control y exigibilidad de las políticas públicas en relación a la vida y bienestar de Niños, Niñas y Adolescentes considerados como ciudadanos titulares plenos de derechos, y proporcionará una referencia protectora de derechos sólida fácilmente distinguible e identificable en términos institucionales y sociales para solicitar su intervención.
En este sentido, concluyo que: “pese a la existencia de organismos públicos encargados de velar por la protección de sus derechos, se hace necesario que estos sean de cumplimiento efectivo, dando prioridad al principio del interés superior del niño en forma exclusiva a partir de una figura de mayor especificidad para con esta problemática”.